Congreso local rechaza la cuenta pública de 2020 del ejecutivo y pide al Osafig dar curso a las investigaciones necesarias

Durante la sesión ordinaria de este martes el pleno del Congreso local
votó el dictamen que desaprueba la cuenta pública de 2020 enviada por el
entonces gobernador del estado, Ignacio Peralta, además de pedir al
Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado de
Colima que desahogue las investigaciones necesarias derivadas de las
observaciones hechas a la misma.

El documento presentado en tribuna por la diputada, Lizette Moreno de la
fracción del PRI, dicta lo siguiente:

• “No se aprueba la cuenta pública del Poder Ejecutivo del Estado
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020, entregada a esta Soberanía por
el Mtro. José Ignacio Peralta Sánchez el mes de abril del presente año”.

• “Toda vez que se declaró concluido el proceso de revisión y
fiscalización de la cuenta pública del Ejercicio Fiscal 2020 del Poder
Ejecutivo del Estado de Colima, en términos del artículo primero del
presente Decreto, se exhorta al Órgano Superior de Auditoría y
Fiscalización Gubernamental para que, en términos de las disposiciones
legales aplicables, y en pleno ejercicio de sus atribuciones, continúe
el curso legal y trámite de las observaciones, recomendaciones y
acciones que de la cuenta pública del Ejercicio Fiscal 2020 del Poder
Ejecutivo del Estado de Colima, pudieran derivar en faltas
administrativas graves, no graves o denuncias por posibles hechos de
corrupción, para que se llegue hasta sus últimas consecuencias”.

• “Túrnese el presente Decreto y sus anexos soporte al Órgano Superior
de Auditoría y Fiscalización Gubernamental, para los efectos del
considerando Décimo Segundo, y se desahoguen los procesos de
investigación y substanciación respectivos, relacionados con las
observaciones contenidas en el Informe de Resultados señalado en el
artículo primero del presente Decreto, y agotados que sean estos, se
proceda en términos de lo dispuesto por la fracción V, del artículo 116,
en relación con la fracción III, del artículo 120, de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Colima”.